Como Comprar Créditos Fiscales

Completa el formulario de subscripcion al servicio:

Registra tu cuenta: Introduce el RUC y una cuenta bancaria (exigencia de la SET para operar con créditos fiscales)

Si tu cuenta es aceptada, aguarda el microdepósito que subastax.com hará a tu cuenta bancaria.

Escibe el monto del del micro depósito que te hemos transferido a tu cuenta bancaria. Aguarda la aprobación.

Obtén un Ticket de Comprador para participar de las subastas anónimamente

Ingresar el monto del Crédito Fiscal que necesitas. Puedes obtener tantos tickets como necesites

De acuerdo al monto escogido podrás participar en la SALA de SUBASTAS correspondiente

Ingresa tu máxima tasa a pagar y puedes usar el robot para que lance pujas automáticas por tí


Pseudonimización

Tu participación en SUBASTAX es anónima

Genera tu ticket de comprador o de vendedor y participa anónimamente para cada evento!

La seudonimización es un proceso que utiliza técnicas de hash para convertir tu identidad en un código compuesto por letras y números, por ejemplo, “1e35f”, que permite que participes anónimamente en las subastas.

La seudonimización es el tratamiento de los datos personales de manera tal que ya no puedan atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable. Reglamento General de Protección de Datos


¿Es legal la compra y venta de Créditos Fiscales?

Es completamente legal. Está reglamentado por Resoluciones de la SET.

El artículo 163 de la Ley 125 estipula que "...La Administración podrá otorgar certificados de crédito fiscal a los sujetos pasivos beneficiados con este instituto para el pago del mismo u otros tributos adeudados. Dichos certificados de créditos fiscal podrán ser cedidos por el sujeto pasivo a otros contribuyentes para que éstos puedan efectuar la compensación o pagos de deudas tributarias a cargo de la Administración..."

La transferencia de los Créditos Fiscales está reglamentada mediante la Resolución General 16/2014 de la Sub Secretaria de Tributación (SET) “Por el cual se reglamentan la compensación y la transferencia de créditos tributarios.”

El art 1º de la Resolución General 16/2014 de la SET establece que: “Los contribuyentes que hayan obtenido el reconocimiento y la consecuente acreditación de un crédito fiscal, resultante de los procesos de devolución de impuestos o repetición de pago indebido o en exceso, podrán utilizar el mismo para compensar sus deudas tributarias, o transferirlos a otros contribuyentes. Estos últimos podrán utilizar el crédito recibido, únicamente para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, conforme lo establece el último párrafo del art 163º de la Ley 125/1991”


  
Términos de uso |